¿Un problema con tu hipoteca o con tu banco?

Somos abogados en Valencia y llevamos reclamaciones frente a bancos: gastos de la hipoteca, cláusulas como la cláusula suelo, el IRPH o el vencimiento anticipado, comisiones y productos bancarios. También defendemos a quien recibe una demanda de ejecución hipotecaria. Primero revisamos la escritura y los recibos y te decimos qué vemos, también cuando no vemos base para reclamar. Antes de empezar te decimos por escrito quién lo llevaría y cuánto cuesta.

Qué hacemos

Reclamar los gastos de la hipoteca

Revisamos la escritura y las facturas de notaría, registro, gestoría y tasación para ver qué pagaste y si cabe reclamarlo. En las hipotecas sobre vivienda firmadas por particulares desde el 16 de junio de 2019, la ley ya reparte esos gastos: la tasación corresponde al cliente, y la gestoría, la notaría de la escritura y el registro, al banco (art. 14.1.e de la Ley 5/2019). Si tu hipoteca es anterior, te decimos si tu caso está en plazo.

Cláusula suelo, IRPH y comisiones

Revisamos si alguna cláusula se puede discutir: la cláusula suelo, el IRPH, el vencimiento anticipado, los intereses de demora o las comisiones. Las cláusulas abusivas, y las incorporadas sin transparencia en perjuicio del consumidor, son nulas (art. 83 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios). Si vemos base, empezamos por la reclamación al banco, que la ley exige para demandar la devolución de lo pagado (art. 439.5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Defensa en una ejecución hipotecaria

Si el banco ha presentado una demanda de ejecución, revisamos si se cumplían los requisitos para dar por vencido el préstamo y si hay cláusulas abusivas que oponer (art. 695 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Para oponerse hay diez días desde la notificación del auto que despacha la ejecución (arts. 556.1 y 557.1). Si es tu vivienda habitual, te explicamos también cómo liberarla pagando lo atrasado antes de que se cierre la subasta (art. 693.3).

Qué hacer ahora

  1. Reúne la escritura del préstamo, los recibos o el cuadro de amortización y las facturas de notaría, registro, gestoría y tasación que conserves.
  2. Si quieres recuperar lo pagado por una cláusula de la hipoteca, la reclamación al banco va primero y tiene que poder acreditarse, porque se acompaña a la demanda. El banco tiene un mes para contestar con un cálculo desglosado (arts. 439.5 y 439 bis de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
  3. Si te han notificado una ejecución hipotecaria, mándanos el auto cuanto antes: el plazo para oponerse es de diez días (arts. 556.1 y 557.1 de la misma ley).
  4. Si el banco te ofrece un acuerdo o una devolución por la cláusula suelo, revisa el cálculo antes de aceptarlo y piensa en tu renta: puede afectar a deducciones que ya aplicaste (disposición adicional 45.ª de la Ley del IRPF).

Cómo te atendemos

Puedes contarnos tu caso por teléfono (963 300 603), por WhatsApp (645 016 593), por correo o con el formulario, y mandarnos los documentos por correo. El despacho está en Valencia, en la Avenida del Oeste 31, y llevamos asuntos en juzgados de toda España. Antes de empezar te decimos quién lo llevaría y te damos el presupuesto por escrito.

Preguntas frecuentes

¿Estoy a tiempo de reclamar los gastos de la hipoteca?
Depende de cuándo firmaste y de qué pagaste. Sobre el momento en que empieza a contar el plazo para reclamar estos gastos ha habido sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo que han ido cambiando el criterio, así que no damos una fecha general que luego no te sirva. Con tu escritura y tus facturas te decimos si tu caso está en plazo.

¿Hay que reclamar antes al banco?
Para recuperar lo pagado por la cláusula suelo u otra cláusula abusiva de la hipoteca, la demanda debe ir acompañada de la reclamación previa al banco (art. 439.5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). El banco tiene un mes para contestar con un cálculo desglosado, intereses incluidos. Si no contesta, la rechaza o no estás de acuerdo, puedes demandar (art. 439 bis). En las demás reclamaciones, como las de comisiones, también hay que intentar antes un acuerdo, por ejemplo una negociación entre abogados (art. 5 de la Ley Orgánica 1/2025).

El banco me ofrece una cantidad. ¿La acepto?
Antes, compárala con nuestro cálculo. El banco tiene que darte el suyo desglosado, con los intereses, y decir si reconoce o no que la cláusula es abusiva. Si lo niega, en el juicio no puede alegar motivos distintos de los que te dio (art. 439 bis de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Si aceptas y no te paga en el mes siguiente, la cantidad devenga el interés legal del dinero más ocho puntos. Antes de firmar, mira también el efecto en tu renta.

Debo varias cuotas. ¿Cuándo puede el banco reclamarme toda la hipoteca?
En una hipoteca sobre vivienda de un particular, solo cuando lo impagado llegue al 3 % del capital prestado en la primera mitad (o a doce cuotas mensuales), o al 7 % en la segunda mitad (o a quince cuotas), y después de requerirte el pago dándote al menos un mes (art. 24 de la Ley 5/2019). También vale para hipotecas firmadas antes del 16 de junio de 2019, salvo que el vencimiento se hubiera producido antes de esa fecha o que tu contrato te favorezca más (disposición transitoria 1.ª).

Me han notificado una ejecución hipotecaria. ¿Qué puedo hacer?
Tienes diez días para oponerte desde la notificación del auto que despacha la ejecución (arts. 556.1 y 557.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Solo se admiten algunos motivos, entre ellos que una cláusula abusiva sea el fundamento de la ejecución o haya fijado la cantidad reclamada. Si el juez lo aprecia, archiva la ejecución o la continúa sin esa cláusula (art. 695). Si es tu vivienda habitual, puedes liberarla pagando lo atrasado antes de que se cierre la subasta, aunque el banco no lo consienta (art. 693.3).

¿Tributa en la renta lo que me devuelve el banco por la cláusula suelo?
La devolución y sus intereses indemnizatorios no se integran en la base del IRPF. Pero si esos intereses te sirvieron para la deducción por vivienda habitual, pierdes esa deducción en los años no prescritos y la sumas, sin intereses de demora, en la renta del año del acuerdo, salvo en la parte que el banco aplique a rebajar el capital. Si eran gasto deducible, toca presentar complementarias de esos años, sin sanción ni recargo. Vale igual si viene de una sentencia (disposición adicional 45.ª de la Ley del IRPF).

¿Cuánto cuesta y quién paga las costas?
Te damos el presupuesto por escrito antes de empezar. En un juicio civil, las costas de la primera instancia se imponen a quien ve rechazadas todas sus pretensiones, salvo que el caso presentara serias dudas de hecho o de derecho (art. 394.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). La postura de cada parte en la reclamación previa puede tenerse en cuenta al decidirlas (art. 439 bis), y quien rechaza sin justa causa un medio de solución obligatorio al que fue convocado no cobra costas (art. 394.1).

¿Cómo empezamos?
Nos mandas por correo la escritura del préstamo, los últimos recibos o el cuadro de amortización y, si los tienes, las facturas de los gastos y las cartas del banco. Lo revisamos y te decimos qué vemos y qué no. Antes de aceptar el asunto comprobamos que no haya conflicto de intereses, y te decimos por escrito quién lo llevaría y cuánto cuesta.

Te puede interesar: Contratos y compraventas, Reclamación de deudas, Fiscal y contable.

Página revisada el 1 de octubre de 2026.

Por la presente acepto que estos datos se almacenen y procesen con el fin de establecer contacto. Soy consciente de que puedo revocar mi consentimiento en cualquier momento*

*Rellene todos los campos obligatorios
El mensaje se ha enviado correctamente

Ponte en contacto

Teléfono: +34963300603

Correo electrónico: gestion@abgd.es

Dirección: Avenida Del Oeste 31, VALÈNCIA, 46001, Valencia, España

Information icon

Necesitamos su consentimiento para cargar las traducciones

Utilizamos un servicio de terceros para traducir el contenido del sitio web que puede recopilar datos sobre su actividad. Por favor revise los detalles en la política de privacidad y acepte el servicio para ver las traducciones.